TÉRMINOS Y CONDICIONES DE CONSULTA MÉDICA

Dra. Montserrat Berenice Durán Salgado

Consulta presencial en Ciudad de México y Mérida · Videoconsulta

Versión jurídica final para publicación. Integrada con los datos profesionales y de contacto disponibles en el Aviso de Privacidad de la prestadora.

Actualización: 2 de octubre de 2026

Este documento regula condiciones administrativas y operativas del servicio médico. No sustituye el Aviso de Privacidad ni los consentimientos informados que deban recabarse conforme a la naturaleza del acto médico, incluyendo el consentimiento para telesalud cuando corresponda.

1. Objeto, alcance y marco aplicable

Los presentes Términos y Condiciones regulan la reservación, pago, cancelación, reprogramación, puntualidad y desarrollo de las consultas médicas proporcionadas por la Dra. Montserrat Berenice Durán Salgado, así como las reglas de comunicación, videoconsulta, documentación clínica, confidencialidad, emisión de documentos y demás condiciones administrativas vinculadas con la atención.

Son aplicables a las consultas presenciales realizadas en Ciudad de México y Mérida, así como a las videoconsultas. La práctica se encuentra orientada exclusivamente a pacientes adultos.

La atención médica se regirá por la Ley General de Salud, el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, la NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clínico, la NOM-024-SSA3-2012 cuando se utilicen Sistemas de Información de Registro Electrónico para la Salud, la legislación de protección de datos personales aplicable y las demás disposiciones sanitarias, civiles y profesionales que resulten aplicables.

En materia de relaciones de consumo, se reconoce que el artículo 5 de la Ley Federal de Protección al Consumidor exceptúa los servicios profesionales que no sean de carácter mercantil. Sin perjuicio de ello, estos Términos adoptan criterios de información clara, previa, verificable y no abusiva como estándar de transparencia contractual.

2. Identificación de la prestadora y naturaleza del servicio

La prestación corresponde a servicios profesionales de atención médica otorgados personalmente por la Dra. Montserrat Berenice Durán Salgado, Médico Cirujano, especialista en Medicina Interna, con cédulas profesionales 5492920 y 8025476, quien actuará conforme a su juicio clínico, libertad prescriptiva, lex artis, disposiciones sanitarias y principios éticos aplicables.

Para efectos de identificación y contacto, la prestadora señala como sede en Ciudad de México: Medicina Integral Lindavista, Consultorio 3, Calle Río Bamba número 758, colonia Lindavista Sur, Alcaldía Gustavo A. Madero, C.P. 07300, Ciudad de México; teléfono 56 40 01 32 91; correo electrónico montserratdus@gmail.com. Para consultas en Mérida, la ubicación específica de la sede será informada al paciente antes de efectuar cualquier pago y quedará identificada en la confirmación de la cita.

La contratación de una consulta no implica promesa de resultado, curación, diagnóstico predeterminado, prescripción solicitada por el paciente ni emisión obligatoria de documentos clínicos. Las decisiones diagnósticas y terapéuticas dependen de la valoración médica y de la información disponible.

3. Modalidades, sedes, tarifas y comprobantes

El costo de la consulta podrá variar de acuerdo con la sede, modalidad y tipo de consulta seleccionados. La tarifa aplicable será informada al paciente antes de realizar el pago de reservación.

Antes de efectuar cualquier pago, el paciente deberá verificar sede, modalidad, fecha, horario, tipo de consulta y tarifa. El pago recibido se aplicará exclusivamente a la cita confirmada, salvo reprogramación autorizada conforme a este documento.

Cuando proceda, se entregará recibo, comprobante o CFDI conforme a la legislación fiscal aplicable.

4. Reservación y anticipo del 50%

Para confirmar una consulta presencial o por videoconsulta se solicita un pago de reservación equivalente al 50% del valor total de la consulta. Dicho importe se acreditará al precio total del servicio si la consulta se lleva a cabo.

El paciente contará con un plazo máximo de 24 horas a partir de la solicitud de la cita para efectuar el pago mediante el medio autorizado y enviar el comprobante correspondiente. La cita se considerará confirmada únicamente cuando el pago haya sido recibido y verificado y el paciente haya recibido la confirmación de la reservación.

Si transcurren 24 horas sin pago o comprobante, el horario podrá liberarse y asignarse a otra persona.

Cuando la cita se solicite con menos de 24 horas de anticipación, el pago de reservación deberá realizarse al momento de solicitar el espacio.

Naturaleza del pago de reservación. El 50% no se plantea como una retención automática e incondicionada. Su eventual aplicación por cancelación tardía o inasistencia se sujeta a las reglas, excepciones y proporcionalidad previstas en las cláusulas siguientes.

5. Liquidación del saldo

5.1 Consulta presencial

El 50% restante se liquidará el día de la consulta, antes o al concluir la atención, conforme al medio de pago informado.

5.2 Videoconsulta

El saldo restante deberá encontrarse liquidado antes del inicio de la videoconsulta. El enlace o indicaciones de acceso se enviarán una vez confirmado el pago correspondiente.

5.3 Sábados, domingos, días festivos o de asueto

Cuando excepcionalmente se habiliten consultas en estos días, podrá solicitarse el pago del 100% al momento de la reservación. Si posteriormente se actualiza una cancelación tardía o inasistencia, el pago no podrá reembolsarse por tratarse de días que no se laboran de manera habitual y que implican extensión de la jornada laboral de manera excepcional.

6. Cancelación o reprogramación con 48 horas o más

Cuando el paciente solicite cancelar o modificar la cita con al menos 48 horas de anticipación respecto de la fecha y hora programadas, podrá elegir entre:

  • Reprogramación: conservar íntegramente el monto pagado y aplicarlo a una nueva fecha, sin costo adicional. Esta opción podrá utilizarse una sola vez y la nueva consulta deberá llevarse a cabo dentro de los 30 días naturales siguientes, sujeta a disponibilidad.
  • Cancelación y devolución: solicitar la devolución íntegra del monto pagado. La devolución se realizará preferentemente al mismo medio o cuenta de origen, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la confirmación de la solicitud y recepción de los datos necesarios.

Si después de una reprogramación el paciente cancela la nueva cita con 48 horas o más de anticipación, podrá solicitar devolución conforme a las reglas anteriores.

7. Cancelación tardía, reprogramación tardía e inasistencia

Cuando el paciente, sin causa justificada conforme a la cláusula 8, cancele o solicite modificar la cita con menos de 48 horas de anticipación, no se presente a la consulta o no se conecte a una videoconsulta dentro del margen de tolerancia aplicable, el pago de reservación equivalente al 50% podrá aplicarse como cargo por cancelación tardía o inasistencia y no será transferible a una nueva cita.

La finalidad de esta estipulación es compensar la indisponibilidad del espacio profesional reservado y la imposibilidad razonable de reasignarlo con poca anticipación.

Si el paciente hubiera pagado el 100%, se conservará únicamente el 50% correspondiente al cargo de reservación y el 50% restante será devuelto dentro de los 5 días hábiles siguientes, salvo que exista otro servicio efectivamente prestado y previamente aceptado así como tratarse de citas en días feriados, de asueto o fines de semana.

Para una nueva cita será necesario realizar una nueva reservación y el pago correspondiente. Las 48 horas se computan tomando como referencia la fecha y hora programadas para el inicio de la consulta.

8. Caso fortuito, fuerza mayor, urgencia médica y circunstancias excepcionales

El cargo previsto en la cláusula anterior no se hará efectivo cuando la inasistencia o cancelación tardía derive de un hecho atribuible a la médica, caso fortuito, fuerza mayor o una circunstancia extraordinaria y objetivamente acreditable que imposibilite razonablemente la asistencia o conexión, incluyendo una urgencia médica del paciente.

En estos casos se privilegiará la reprogramación sin pérdida del monto pagado o, cuando corresponda, la devolución. La médica podrá solicitar únicamente la información mínima razonablemente necesaria para valorar la excepción, evitando recabar datos de salud innecesarios.

Esta cláusula se interpreta de conformidad con la legislación civil aplicable y, para las consultas contratadas en Ciudad de México, con los artículos 1839, 1840, 1843, 1846 y 1847 del Código Civil para el Distrito Federal.

9. Cancelación o modificación por parte de la médica

Si la médica necesita cancelar o modificar una cita confirmada, se notificará al paciente tan pronto como sea posible. El paciente podrá elegir entre reprogramar conservando íntegramente el importe pagado o solicitar la devolución completa. La devolución se realizará dentro de los 5 días hábiles siguientes a contar con los datos necesarios.

10. Duración, puntualidad y retrasos

La duración programada es aproximadamente de 40 minutos para primera vez y 30 minutos para consulta subsecuente, sin que ello implique limitar el deber de brindar una atención clínicamente adecuada.

Si el paciente llega tarde, la consulta podrá finalizar en el horario originalmente reservado para no afectar a pacientes posteriores. Si el retraso impide realizar una valoración clínicamente suficiente o segura, la médica podrá determinar que sea necesario reprogramar.

Cuando el retraso sea atribuible a la médica o al consultorio, no se descontará del tiempo disponible para la atención del paciente.

11. Videoconsulta, telesalud y atención a distancia

La videoconsulta constituye una modalidad de telesalud y atención médica a distancia. Se encuentra sujeta a las mismas obligaciones profesionales y de documentación clínica que resulten aplicables a la consulta presencial, con las limitaciones inherentes a la ausencia de exploración física directa.

Conforme a los artículos 71 Sexies y 71 Septies de la Ley General de Salud, la atención a distancia deberá utilizar sistemas seguros y confiables; proteger la confidencialidad, los datos personales, la integridad y disponibilidad de la información; incorporar mecanismos para obtener consentimiento informado con comprensión y voluntariedad; y documentar adecuadamente la atención brindada mediante plataformas digitales.

11.1 Condiciones para la videoconsulta

  • El paciente deberá contar con conexión a internet, dispositivo con cámara y audio funcionales y un espacio razonablemente privado.
  • La médica podrá solicitar verificación razonable de identidad antes de iniciar la atención, especialmente cuando sea necesaria para proteger información clínica o emitir documentación.
  • La médica podrá determinar que la modalidad a distancia no es clínicamente suficiente y recomendar valoración presencial, exploración física, estudios complementarios, referencia a otro servicio o atención de urgencias.
  • La videoconsulta no constituye un servicio de urgencias ni sustituye la atención inmediata cuando exista riesgo para la vida, un órgano o una función.

11.2 Consentimiento para telesalud

Antes de iniciar una videoconsulta deberá recabarse el consentimiento informado del paciente para la prestación del servicio a distancia mediante un mecanismo que permita dejar constancia de su aceptación, comprensión y voluntariedad. Este consentimiento es distinto de la aceptación administrativa de estos Términos y Condiciones.

El consentimiento para telesalud deberá informar, al menos, la naturaleza de la atención a distancia, sus alcances y limitaciones, la posibilidad de requerir valoración presencial, los riesgos razonablemente vinculados al uso de medios tecnológicos y el tratamiento de información clínica conforme al Aviso de Privacidad.

11.3 Fallas tecnológicas

Si una falla tecnológica atribuible al paciente impide iniciar o continuar la videoconsulta, se intentará restablecer la comunicación durante un periodo razonable. Si la falla impide una valoración suficiente, se determinará si procede reprogramar conforme a las circunstancias. Si la falla es atribuible a la plataforma, a la médica o al consultorio, el paciente conservará íntegramente su pago y podrá optar por reprogramación o devolución.

12. Expediente clínico y documentación de la atención

Por cada paciente se integrará y conservará el expediente clínico correspondiente conforme a la NOM-004-SSA3-2012. Esta obligación comprende la atención presencial y, en lo aplicable, la atención médica proporcionada a distancia.

El expediente clínico deberá contener los datos y notas que correspondan a la naturaleza de la atención. Las notas médicas serán elaboradas por la profesional que intervenga, deberán ser legibles, incluir fecha, hora, nombre y firma o mecanismo de autenticación que corresponda, y reflejar de manera suficiente la valoración y conducta médica.

El expediente clínico será conservado por un periodo mínimo de cinco años contados a partir de la fecha del último acto médico, sin perjuicio de plazos mayores que resulten aplicables por otras disposiciones o por razones médico-legales.

La documentación clínica generada durante una videoconsulta se incorporará al expediente. El uso de correo electrónico, mensajería o videollamada no sustituye la obligación de documentar los actos médicos que efectivamente se realicen.

13. Expediente clínico electrónico y sistemas de información

Cuando la médica o el establecimiento adopten un Sistema de Información de Registro Electrónico para la Salud o un expediente clínico electrónico sujeto a la NOM-024-SSA3-2012, deberán observarse los requisitos aplicables a dichos sistemas, incluyendo mecanismos de seguridad, autenticación, control de acceso, confidencialidad, integridad, disponibilidad y conservación de la información.

La NOM-024-SSA3-2012 regula los sistemas electrónicos de registro en salud y no sustituye la legislación general de protección de datos personales ni la NOM-004-SSA3-2012. La elección de una plataforma tecnológica deberá considerar el tipo de información que será tratada y los riesgos asociados.

14. Privacidad, confidencialidad y datos personales

La información relativa a identidad, antecedentes, diagnósticos, síntomas, tratamientos, estudios, imágenes, recetas y demás información relacionada con la salud constituye información confidencial y, cuando corresponda, datos personales sensibles. Su tratamiento se realizará conforme al Aviso de Privacidad y a la legislación aplicable.

La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares exige observar los principios de licitud, finalidad, lealtad, consentimiento, calidad, proporcionalidad, información y responsabilidad. Como regla, el tratamiento de datos personales sensibles requiere consentimiento expreso y por escrito, salvo los supuestos de excepción previstos legalmente, entre ellos determinadas situaciones de atención médica cuando la persona no esté en condiciones de consentir y el tratamiento sea realizado por una persona sujeta al secreto profesional u obligación equivalente.

La aceptación de estos Términos no sustituye el Aviso de Privacidad ni, cuando sea jurídicamente necesario, el consentimiento específico para el tratamiento de datos personales sensibles.

14.1 Medidas de protección

  • El acceso a información clínica se limitará a la médica y al personal autorizado que necesite conocerla para cumplir funciones legítimas.
  • El personal administrativo no deberá recibir, interpretar ni gestionar información clínica más allá de lo estrictamente necesario para la operación administrativa autorizada.
  • Se procurará evitar el envío de información clínica por canales administrativos de mensajería instantánea. Cuando el paciente remita datos por un canal no designado, se le orientará hacia el medio establecido para información clínica.
  • No se divulgará información identificable a terceros sin autorización del paciente, salvo obligación o habilitación legal.

15. Comunicación administrativa y comunicación clínica

Las reservaciones, cambios de horario, comprobantes de pago, facturación, ubicación y disponibilidad podrán gestionarse por el personal asistente, vía telefónica, presencialmente o mediante WhatsApp administrativo.

El personal asistente no está autorizado para diagnosticar, interpretar estudios, recomendar tratamientos, recibir decisiones clínicas, modificar prescripciones ni emitir recetas.

La comunicación clínica fuera de consulta deberá realizarse por el correo electrónico o canal clínico que se designe. El tiempo habitual de respuesta es de 2 a 5 días hábiles. Este medio no constituye atención inmediata ni servicio de urgencias.

Los estudios, fotografías, reportes y documentos clínicos deberán remitirse por el canal clínico designado. Su envío permite incorporarlos o tenerlos disponibles para revisión, pero no implica por sí mismo una consulta, interpretación inmediata ni modificación de tratamiento.

16. Prescripción, renovación y reposición de recetas

La prescripción, renovación o modificación de medicamentos dependerá de una valoración médica suficiente y del criterio clínico. La solicitud de un medicamento específico no obliga a prescribirlo.

No se proporciona atención médica ni se emiten recetas mediante el WhatsApp administrativo o por conducto del personal asistente. La médica determinará, según el medicamento, tiempo transcurrido y situación clínica, si una receta puede reexpedirse o si es necesaria una nueva valoración.

No se emitirán, transcribirán, renovarán ni sustituirán automáticamente recetas de medicamentos controlados prescritos originalmente por otro profesional. Toda prescripción se sujetará a las disposiciones sanitarias aplicables.

17. Medicamentos indicados por otros profesionales

En el consultorio no se aplicarán, administrarán, inyectarán, infundirán ni suministrarán medicamentos indicados por otro profesional, salvo que exista un servicio expresamente habilitado para ello y se cumplan las condiciones sanitarias correspondientes. Tampoco se asumirá recepción, custodia, refrigeración o almacenamiento de medicamentos dejados por pacientes para una eventual administración posterior.

18. Resúmenes médicos, certificados, constancias e informes

La elaboración de resúmenes, informes clínicos, certificados o documentos similares podrá generar honorarios independientes, informados previamente, además de los correspondientes a la consulta necesaria para realizar una valoración actual cuando clínicamente proceda.

No se emitirán documentos que requieran valoración médica sin información actual, suficiente y documentada. Los documentos serán veraces, objetivos y congruentes con el expediente clínico. No se alterarán diagnósticos, fechas, hallazgos, tratamientos o datos para favorecer trámites, coberturas, reembolsos o beneficios.

Cuando legalmente proceda emitir un resumen clínico con base en información previamente documentada, se asentará la fecha real de elaboración y no se atribuirá una valoración actual o retroactiva que no haya ocurrido.

19. Facturación

El paciente que requiera factura deberá proporcionar datos fiscales correctos y un correo vigente. La emisión y, en su caso, corrección del CFDI se sujetarán a la normatividad fiscal vigente. No se alterarán fechas, conceptos, montos, formas de pago o datos del servicio para reflejar circunstancias distintas de las efectivamente ocurridas.

Las facturas se emitirán dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción completa de los datos fiscales necesarios para su emisión.

20. Información a terceros y acompañantes

Como regla general, únicamente el paciente podrá solicitar información relacionada con su atención. Podrá proporcionarse a una persona expresamente autorizada o en los supuestos permitidos por las disposiciones aplicables.

Que un familiar o tercero gestione una cita, efectúe un pago, envíe un comprobante o acompañe al paciente no le confiere autorización para recibir información médica ni para tomar decisiones clínicas en nombre del paciente.

Se permite un máximo de un acompañante por paciente, sujeto a las condiciones del establecimiento y a las necesidades clínicas. La consulta se destina exclusivamente a pacientes adultos.

21. Grabaciones, fotografías y dispositivos

No se realizarán grabaciones de audio o video, fotografías ni transmisiones de la consulta por cualquiera de las partes sin conocimiento y autorización previa de las personas involucradas y sin observar las obligaciones de privacidad aplicables. Durante la consulta se solicita mantener dispositivos en modo silencioso, salvo necesidad justificada.

22. Conducta, respeto y continuidad asistencial

Se requiere una comunicación respetuosa con la médica, el personal y otras personas presentes. Amenazas, agresiones, hostigamiento, intimidación o conductas que comprometan la seguridad podrán justificar la terminación de la atención programada y la decisión de no aceptar futuras consultas, observando las obligaciones profesionales aplicables para evitar abandono indebido y facilitar continuidad asistencial cuando corresponda.

23. Pacientes bajo efectos de alcohol u otras sustancias

Cuando una persona se presente en condiciones que impidan una valoración programada segura o una manifestación válida de voluntad, la consulta podrá diferirse. Si existe una situación que requiera atención inmediata, se indicará acudir a un servicio de urgencias o solicitar servicios de emergencia.

24. Urgencias y atención domiciliaria

No se realizan consultas médicas a domicilio. Los consultorios están destinados a consulta externa y no constituyen servicios de urgencias. Ante síntomas o circunstancias que pongan en peligro la vida, un órgano o una función, el paciente deberá acudir de inmediato a un servicio de urgencias o comunicarse con los servicios de emergencia. El correo, WhatsApp y demás canales del consultorio no son medios de atención urgente.

25. Información proporcionada por el paciente y tratamientos concomitantes

El paciente deberá proporcionar información completa, veraz y actualizada sobre enfermedades, antecedentes, alergias, medicamentos, suplementos, productos herbolarios, hormonas, sustancias, tratamientos alternativos, participación en protocolos y cualquier otra circunstancia clínicamente relevante.

La omisión de información puede limitar la seguridad y precisión de la valoración. Lo anterior no excluye ni limita las responsabilidades que legalmente correspondan a la médica por los actos profesionales que realice.

26. Participación en ensayos clínicos o protocolos de investigación

El paciente deberá informar oportunamente si participa en un ensayo clínico, protocolo o estudio médico y proporcionar la información disponible que sea relevante para su atención, respetando los cegamientos legítimos del diseño de investigación. La consulta con la Dra. Montserrat Berenice Durán Salgado no sustituye el seguimiento ni las responsabilidades del investigador principal o institución responsable.

27. Estacionamiento en sede Lindavista

El consultorio ubicado en Lindavista, Ciudad de México, no cuenta con estacionamiento general para pacientes. Para personas con discapacidad o dificultad importante de movilidad podrá existir un espacio sujeto a disponibilidad, que deberá solicitarse previamente al personal asistente.

28. Aviso de Privacidad y derechos sobre datos personales

La Dra. Montserrat Berenice Durán Salgado es responsable del tratamiento de los datos personales y datos personales sensibles recabados con motivo de la atención. El Aviso de Privacidad se pondrá a disposición del paciente antes o al momento de recabar sus datos. Para consultas relacionadas con privacidad, limitación de uso o divulgación, revocación del consentimiento o ejercicio de derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO), el paciente podrá dirigirse a Medicina Integral Lindavista, Consultorio 5, Calle Río Bamba número 758, colonia Lindavista Sur, Alcaldía Gustavo A. Madero, C.P. 07300, Ciudad de México, o al correo montserratdus@gmail.com.

El paciente podrá ejercer los derechos que le correspondan conforme al Aviso de Privacidad y a la legislación aplicable. El ejercicio de derechos sobre datos personales no equivale necesariamente a la eliminación del expediente clínico cuando exista una obligación legal de conservación.

29. Aceptación electrónica y constancia de los Términos

Antes de efectuar el pago de reservación, el paciente deberá tener acceso a estos Términos y Condiciones mediante un enlace, archivo o medio que permita su consulta y conservación. El proceso de reservación deberá incluir una manifestación clara de aceptación, preferentemente mediante casilla, botón, respuesta electrónica o mecanismo equivalente que deje constancia.

El solo pago podrá operar como elemento adicional de aceptación únicamente cuando previamente se haya puesto a disposición del paciente el texto íntegro de estos Términos y se le haya informado de manera clara que el pago implica su aceptación. Se recomienda conservar evidencia de la versión aceptada, fecha, hora y mecanismo utilizado.

30. Actualización de los Términos

Estos Términos podrán actualizarse cuando resulte necesario por cambios normativos, operativos o tecnológicos. Para cada reservación serán aplicables las condiciones vigentes y puestas a disposición del paciente al momento de confirmar la cita. Las modificaciones posteriores no afectarán retroactivamente condiciones ya aceptadas, salvo que resulten más favorables al paciente o deriven de una obligación legal inmediata.

31. Interpretación, separabilidad y legislación aplicable

Las cláusulas se interpretarán de manera compatible con las disposiciones sanitarias, civiles, profesionales y de protección de datos aplicables. Ninguna disposición de estos Términos tendrá por objeto excluir responsabilidad profesional que legalmente no pueda limitarse, renunciar derechos irrenunciables ni impedir el acceso del paciente a las autoridades o vías legales competentes.

Si una cláusula fuera declarada inválida o inaplicable, ello no afectará las restantes en la medida en que puedan subsistir de forma autónoma.

Las controversias se regirán por la legislación y competencia que legalmente correspondan según la sede de prestación, domicilio de las partes, naturaleza de la relación y demás reglas aplicables, sin imponer al paciente una renuncia anticipada a fueros o derechos que no puedan renunciarse.

32. Referencias normativas principales

  • Ley General de Salud, texto vigente con reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de enero de 2026, en especial disposiciones sobre salud digital y telesalud (arts. 71 Sexies y 71 Septies).
  • Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, en lo aplicable.
  • NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clínico: criterios obligatorios de integración, uso, manejo, archivo, conservación, titularidad y confidencialidad del expediente clínico.
  • NOM-024-SSA3-2012, Sistemas de información de registro electrónico para la salud. Intercambio de información en salud, cuando se adopte un SIRES sujeto a dicha Norma.
  • Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, texto vigente (nueva Ley publicada el 20 de marzo de 2025 y reformas vigentes), en materia de principios del tratamiento, aviso de privacidad, consentimiento, datos personales sensibles y derechos ARCO.
  • Ley Federal de Protección al Consumidor, texto vigente; se toma en consideración su artículo 5 respecto de la excepción de servicios profesionales no mercantiles y, preventivamente, sus estándares de información y transparencia.
  • Código Civil para el Distrito Federal, texto vigente en Ciudad de México, especialmente arts. 1839, 1840, 1843, 1846 y 1847, respecto de libertad contractual y cláusula penal, cuando resulte aplicable.

33. Datos de identificación y contacto

  • Prestadora: Dra. Montserrat Berenice Durán Salgado, Médico Cirujano, especialista en Medicina Interna.
  • Cédulas profesionales: 5492920 y 8025476.
  • Sede Ciudad de México: Medicina Integral Lindavista, Consultorio 3, Calle Río Bamba número 758, colonia Lindavista Sur, Alcaldía Gustavo A. Madero, C.P. 07300, Ciudad de México.
  • Teléfono de contacto: 56 40 01 32 91. Correo electrónico: montserratdus@gmail.com.
  • Sede Mérida: la ubicación concreta será informada al paciente y asentada en la confirmación de la cita antes de cualquier pago.
  • Videoconsulta: se realizará mediante el medio o plataforma previamente informado al paciente. La confirmación deberá identificar el mecanismo de acceso y permitir la obtención del consentimiento informado exigible para telesalud.
  • Los medios de pago, tarifa aplicable, sede, modalidad, fecha y horario serán informados antes de efectuar el pago de reservación.

Importante. La política de reservación queda jurídicamente más defendible si se comunica antes del pago, existe evidencia de aceptación, se limita al 50% (a excepción de citas en días feriados, sábados y domingos), contempla devolución del excedente y reconoce excepciones por caso fortuito, fuerza mayor, hecho atribuible a la prestadora y circunstancias médicas extraordinarias.

Constancia de aceptación (cuando se utilice en formato firmado)

Declaro que tuve acceso a los presentes Términos y Condiciones antes de confirmar mi cita, que puede consultarlos y que comprendo las políticas administrativas de reservación, cancelación, reprogramación y atención. Reconozco que esta aceptación no sustituye el Aviso de Privacidad ni los consentimientos informados que correspondan al acto médico o a la telesalud.

Nombre del paciente:

Fecha:

Firma / aceptación electrónica:

Versión de Términos aceptada: 2 de octubre de 2026